DIRECCIÓN DE CATASTRO Y
EDIFICACION, 21 de abril de 2010
VISTO:
La necesidad de homologar los
requisitos formales de presentación de las documentaciones técnicas que
ingresan a la Dirección de Catastro y Edificación, y;
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 1568/SPDUA/01 (Manual
de Procedimientos de la DCyE) establece como obligación del profesional
actuante la presentación de los formularios DCyE 3, DCyE 4 y DCyE 5 ó 6
al momento de solicitar el “Final de Obras”.
Que ello no se encuentra establecido
para la documentación técnica que se tramita en el Área de la Subdirección de
Tierras y Catastro,
Que el procedimiento indicado en el
Decreto Nº 1568/SPDUA/01 (Manual de Procedimientos de la DCyE) permitirá
agilizar las tareas de valuación y, en consecuencia, su ingreso a la base
imponible,
POR ELLO,
LA
DIRECTORA DE CATASTRO Y EDIFICACIÓN
RESUELVE:
Artículo 1º
A partir del 1º de mayo del corriente año toda la documentación técnica que
ingrese a la Dirección, para ser tramitada a través de la Subdirección de
Tierras y Catastro, deberá ser acompañada por los Formularios DCyE
3, DCyE 4 y DCyE 5 ó 6, según corresponda, completados y firmados por el
propietario y el profesional responsable con carácter de declaración jurada.
Los
mencionados formularios se completarán de acuerdo con lo indicado en
Resolución Nº 085/DCyE/10 de fecha 16 de abril de 2010.-
Artículo 2º Tome conocimiento
la Subdirección de Tierras y Catastro, el Dpto. Administrativo (Mesa de
Entradas), comunicar a los Colegios Profesionales de Ingenieros Civiles y
Agrimensores.
Fdo:
Ing Elena Forgas
DIRECTORA DE CATASTRO Y
EDIFICACIÓN
MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL
DE TUCUMÁN